No pierdas la oportunidad
Las subvenciones se dirigen a empresas y autónomos pertenecientes a 433 actividades económicas (CNAE) que, entre otras condiciones, no hayan declarado pérdidas en 2019 y sus operaciones por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019. Para los autónomos que cotizan por módulo (estimación objetiva) no es necesario cumplir con estos dos requisitos.
Son ayudas finalistas, es decir, deben ser justificadas por la entidad beneficiaria y aplicarse a satisfacer deudas y pagos a proveedores y acreedores, tanto financieros como no financieros, generadas entre el 1 de marzo de 2020 y 30 de septiembre de 2021…